Derecho a paro para cuidadoras durante el coronavirus

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Durante la crisis sanitaria, muchos particulares y empresas se vieron directamente afectados por las consecuencias sociales y económicas de las mismas, viendo cómo se paralizaban sus ingresos, como paraba su actividad laboral o incluso cómo perdían el trabajo. Ante este contexto, se crearon diferentes ayudas y subsidios extraordinarios, como es el caso del derecho a paro para las personas cuidadoras durante la pandemia. Te contamos todo lo que debes saber en el siguiente artículo.

Subsidio extraordinario durante el covid

El pasado 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el documento con las medidas y procedimientos necesarios para que los cuidadores pudieran solicitar un subsidio como medida extraordinaria durante la pandemia del coronavirus.

Tal como indica el Real Decreto Ley 11/2020 de 31 de marzo, este subsidio corresponde a medidas urgentes complementarias que se emplearon en el ámbito social y económico, para poder hacer frente a la pandemia. En él se regula el subsidio de desempleo excepcional por falta de actividad para todas aquellas personas que forman parte del Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.

¿Quién puede beneficiarse de este subsidio?

Se pueden beneficiar de este subsidio extraordinario las personas que formen parte del Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, dadas de alta antes de la declaración del estado de alarma el 14 de marzo de 2020. Asimismo, se deberán cumplor los siguientes requisitos:

  • Que la persona haya dejado de prestar sus servicios de forma parcial o íntegra, con carácter temporal, con el fin de reducir el riesgo de contagio o causas ajenas a su voluntad.
  • Que se haya extinguido su contrato por causas ajenas a la voluntad de la persona trabajadora y dicha extinción sea causa de la crisis sanitaria.

Los cuidadores o cuidadoras que se encontraban en esta situación, pudieron solicitar el subsidio a partir del 5 de mayo de 2020 y tramitarlo con el SEPE, con el objetivo de poder obtener un 70% de la base reguladora correspondiente a la actividad afectada (sin sobrepasar el máximo, que es el salario mínimo interprofesional).

Este subsidio es totalmente compatible con actividades que se realicen por cuenta propia o ajena, siempre y cuando se estuvieran realizando en el momento del devengo y cuando la suma de los ingresos frutos del subsidio y del resto de actividades no supere el salario mínimo interprofesional (excluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias).

Cómo solicitar el paro durante el covid

Cualquier persona que cumpliera con los requisitos mencionados anteriormente, podría presentar su solicitud para conseguir el paro por cese de actividad durante la pandemia. Para ello, se precisaba la documentación usual en este tipo de trámites, como son el DNI, el formulario de solicitud y, en este caso, la Declaración Responsable del empleador o empleadora. Se trata de un documento firmado en el que se acredita una reducción de la jornada laboral. En caso de extinción de contrato, no será necesario presentar una declaración  responsable pero sí se deberá hacer entrega de la carta de despido, la comunicación de desistimiento o bien documentación acreditativa de la baja en el SEEH.

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