En cualquier empleo pueden darse situaciones en las que el trabajador necesite ausentarse de su puesto de trabajo por un período de tiempo determinado más allá de sus correspondientes vacaciones. Ante esta situación, una de las preguntas más frecuentes es: ¿una empleada de hogar puede solicitar una excedencia ? Sí. No obstante, hay que tener en cuenta algunas consideraciones.
A continuación te explicamos qué es una excedencia, los tipos que existen, y los derechos y condiciones que se aplican a los empleados de hogar en España.
¿Qué es una excedencia?
Índice
Una excedencia es el derecho que permite a un trabajador suspender temporalmente su contrato de trabajo, manteniendo la posibilidad de reincorporarse en el futuro. Durante este periodo, el trabajador no recibe salario ni cotiza a la Seguridad Social, pero no pierde completamente su vínculo con el empleador.
Existen distintos tipos de excedencias, y cada una tiene requisitos y efectos diferentes. Es importante conocer estos tipos para saber qué opciones tiene una empleada del hogar si desea solicitarla.
Tipos de excedencia que pueden solicitar una empleada del hogar
Existen tres tipos de excedencias laborales:
- Excedencia voluntaria
La excedencia voluntaria es aquella que se solicita sin necesidad de justificar un motivo concreto. Según el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, los empleados con al menos un año de antigüedad en la empresa pueden solicitar una excedencia de entre cuatro meses y cinco años.
Para los empleados del hogar, esto implica que la trabajadora debe haber estado contratada por el empleador durante al menos un año antes de solicitar este tipo de excedencia. Cabe destacar que el empleador solo está obligado a reincorporar al trabajador si existe una vacante adecuada en el momento de su regreso. - Excedencia por cuidado de hijos
El trabajador tiene derecho a una excedencia para cuidar a sus hijos biológicos, adoptados o en acogida permanente, de hasta tres años desde la fecha de nacimiento o adopción del menor. Durante este tiempo, el trabajador conserva el derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo, y durante el primer año tiene derecho a la reserva de su puesto exacto. Tras este primer año, el empleador debe garantizar una reincorporación, aunque no necesariamente en el mismo puesto. - Excedencia por cuidado de familiares
Este tipo de excedencia está disponible para el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, suegros y cuñados) que no pueda valerse por sí mismo. La duración máxima de esta excedencia es de dos años.
Durante este periodo, el trabajador tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo durante el primer año, y después puede reincorporarse si existe una vacante adecuada, como ocurre en las otras formas.
¿Qué derechos tiene una empleada del hogar en excedencia?
Durante el periodo de excedencia, la empleada del hogar no recibe salario ni cotiza a la Seguridad Social. Sin embargo, al finalizar la excedencia, tiene el derecho a reincorporarse al trabajo según el tipo de excedencia que haya solicitado. En caso de excedencia por cuidado de hijos o familiares, el trabajador tiene derecho a reincorporarse al mismo puesto de trabajo si la excedencia dura menos de un año. Si la excedencia es voluntaria o se extiende más allá del primer año en los otros casos, la reincorporación dependerá de si existe una vacante adecuada.
Uno de los aspectos clave es que, a pesar de estar en excedencia, la trabajadora no pierde su antigüedad laboral, por lo que cuando se reincorpore, seguirá manteniendo sus derechos adquiridos hasta el momento de la suspensión del contrato. Además, en el caso de las excedencias por cuidado de hijos o familiares, el tiempo en excedencia cuenta a efectos de cotización para la Seguridad Social, lo que protege los derechos de jubilación, pensiones y otras prestaciones.
Obligaciones del empleador
El empleador, en este caso, está obligado a mantener el derecho de la trabajadora a reincorporarse al trabajo, según los términos establecidos por la ley y dependiendo del tipo de excedencia. Además, el empleador debe formalizar la situación de excedencia con la Seguridad Social y asegurarse de que no se vulneren los derechos laborales de la empleada del hogar.
Si al finalizar la excedencia no hubiera vacantes o el empleador no pudiera ofrecer reincorporación en las mismas condiciones, el trabajador tendría derecho a indemnización, según lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
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