Pensión de viudedad 2022: requisitos, solicitud y cálculo

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Este año 2022 entra en vigor la nueva reforma de pensiones, que ha equiparado la situación de los matrimonios y las parejas de hecho, eliminando los requisitos de carácter económico que se exigían hasta el pasado año. En el siguiente artículo te contamos los requisitos de acceso a la pensión de viudedad, así como el proceso de solicitud y el cálculo del importe total.

Acceso a la pensión de viudedad

La pensión de viudedad tiene como principal objetivo el de poder ofrecer a un ciudadano la cobertura de sus necesidades económicas, en caso de que su pareja fallezca. Las pensiones son compatibles con la jubilación, la renta y las pensiones por incapacidad, pero no son vitalicias, es decir, si la persona contrae matrimonio de nuevo, dejará de recibir dichos ingresos.

Usualmente, el importe es del 52% sobre la base reguladora, pero existen algunos casos específicos en los que este puede ascender hasta el 60 y/o 70%, cuando existen cargas familiares o un nivel de ingresos muy bajo. Concretamente, ascenderá al 60% en aquellos casos en los que los ciudadanos mayores de 65 años no perciban otra pensión pública, no cuenten con rentas ni tampoco ingresos propios. Asimismo, tampoco podrán disponer de actividades económicas superiores a los 7.569€ al año.

Requisitos para obtener la pensión de viudedad

Para que una persona pueda obtener la pensión de viudedad, deben cumplirse un seguido de requisitos:

  • Estar dado de alta en el régimen general, con cotización mínima de 500 días en los últimos 5 años. Si la persona ya no está dada de alta, deberá contar con un período mínimo de 15 años de cotización. En aquellos casos en los que el fallecimiento se produzca por accidente, no se exigirá período previo de cotización.

También podrán acceder a la pensión de viudedad las personas que se encuentren en los siguientes casos:

  • Una persona que sea perceptora de subsidios y que cumpla el período requerido de cotización.
  • Pensionistas de jubilación en modalidad contributiva.
  • Pensionistas con incapacidad permanente en modalidad contributiva.
  • Trabajadores que han cesado en su trabajo con derecho a jubilación, y que han fallecido sin haberla solicitado.
  • Trabajadores que han desaparecido en circunstancias que hagan presumible su muerte, y de los que no se tenga ninguna noticia en 90 días naturales.

Tipos de pensiones de viudedad

No todas las personas que se pueden beneficiar de las pensiones de viudedad cobran la misma cuantía, ya que depende de ciertos criterios. Según el cuadro de pensiones mínimas publicado por la Seguridad Social, las pensiones mínimas de viudedad quedan de la siguiente manera en el año 2022:

  • Con cargas familiares: cuota de 11.688,60€ al año en 14 pagas (834,90€).
  • Mayores de 65 años o con discapacidad superior al 65%: pensión de 10.103,80€ al año (721,70€ al mes).
  • Entre 60 y 64 años: prestación de 9.454,90€ al año (675,20€ al mes).
  • Menores de 60 años: cuota anual de 7.655,20€ (556,80€ al mes).

Subsidio de viudedad temporal

En aquellos casos en los que el cónyuge no pueda acceder a la pensión porque no acredite alguno de los requisitos necesarios para acceder a dicha prestación, o el supérstite de la pareja de hecho no cumpla con los suyos, se podrá acceder a una prestación de viudedad de carácter temporal (siempre que se cumplan los requisitos).

Requisitos económicos para las parejas de hecho

Una de las principales novedades de la reforma de la pensión de viudedad es que el superviviente de la pareja de hecho que quiera acceder a la pensión, ya no deberá acreditar unos requisitos de ingresos mínimos. Este hecho hace que se equipare la situación de las parejas de hecho a la de los matrimonios, a quienes no se exigía esta cláusula.

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