Cómo solicitar Ayudas a la Dependencia en Madrid

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Un gran número de personas, a lo largo de su vida, pierden la autonomía y entran en una situación de dependencia. Ante este contexto, existen instituciones gubernamentales que se encargan de ofrecer un seguido de ayudas a las mismas, para poder proporcionarles y garantizarles la calidad de vida que se merecen. Este es el caso que ocurre en la Comunidad de Madrid. En el siguiente artículo veremos en qué consisten dichas ayudas y cómo se pueden solicitar en la capital.

¿Qué es la Ley de Dependencia?

Lo primero que debemos entender es en qué consiste la dependencia. Se trata de un estado permanente en el que una persona, por causas diversas como puede ser la vejez, alguna discapacidad o afecciones como enfermedades, necesita la ayuda de un tercero que pueda prestarle atención y ayudarle en su día a día. Como es lógico, existen diferentes grados de dependencia, siendo estas dependencia moderada, severa y gran dependencia.

Entonces, ¿qué es la Ley de Dependencia? Es aquella que reconoce a los ciudadanos el derecho a la promoción de la autonomía personal de las personas dependientes, mediante un sistema de asistencia de calidad.

Reconocimiento de la Ley de Dependencia en Madrid

En Madrid, la dependencia se rige por la Ley 39/2006 de 14 de diciembre de la Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia. Para que una persona pueda estar reconocida como dependiente, se deberán cumplir un seguido de requisitos:

  • Precisar de atención de un tercero para realizar las actividades básicas de la vida cotidiana.
  • Residir de forma legal en España y haberlo hecho, por lo menos, durante cinco años. Además, dos de estos años deben ser inmediatamente anteriores a la fecha en la que se presenta la solicitud (a excepción de emigrantes retornados). Si se tratara de una persona menor de cinco años de edad, el período de residencia se le exigirá a quien ejerza su custodia.
  • Residir en la Comunidad de Madrid cuando se presenta la solicitud.
  • En caso de no tener nacionalidad española, se deberá regir por lo que establece la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, en los tratados internacionales y convenios que se establezcan con el país de origen. En el caso de las personas menores, se deberá consultar las leyes del Menor.

Documentación para solicitar ayudas a la dependencia

El trámite para solicitar ayudas a la dependencia en la Comunidad de Madrid, se pueden hacer por vía telemática o presencial, a través de los servicios sociales del ayuntamiento donde la persona esté empadronada. Asimismo, dicha solicitud podrá ser realizada por la persona que precisa la ayuda, o bien un representante legal autorizado.

Para que el trámite sea efectivo, se deberá aportar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI de la persona que precisa la ayuda a la dependencia
  • Autorización y DNI de la persona que tramita la solicitud, en caso de no ser la persona dependiente
  • Documento que acredite la residencia en la Comunidad de Madrid emitido por el Ayuntamiento
  • Informe aportado por los Servicios Sociales
  • Informe de salud suscrito por un médico colegiado
  • Declaración de la última Renta
  • Los residentes no comunitarios que no tengan nacionalidad española, deberán aportar el certificado que acredita la residencia legal, emitido por el Ministerio del Interior, y el empadronamiento.

Hecha la entrega de la documentación, se procederá a la valoración de la misma para determinar si, en efecto, la persona se encuentra o no en situación de dependencia. Esta se llevará a cabo en el domicilio del solicitante y el entorno en el que vive.

Ayudas para la dependencia en Madrid

La valoración permite determinar cuál es el grado de dependencia del solicitante, en caso de que efectivamente la haya, y asignar una de las diferentes ayudas que veremos a continuación:

  • Prestaciones económicas de asistencia personal (PEAP): esta ayuda tiene la finalidad de contribuir a financiar el coste de un servicio determinado, cuando no se puede acceder a un servicio público o concertado. Las ayudas económicas serán de entre 300 y 715,07€ al mes.
  • Prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar (PECEF): esta permite que cuidadores no profesionales del entorno de la persona dependiente puedan atenderla. En este caso, la ayuda monetaria será de entre 153 a 387,64€.
  • Cheque servicio o prestación económica vinculada al servicio (PEVS): este ayuda a financiar el coste del servicio para los cuidadores y la atención del dependiente. La cuantía monetaria dependerá del grado de dependencia, pudiendo oscilar entre 300 y 715,07€ al mes.

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