¿Cuándo se tiene que indemnizar a una empleada del hogar?

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Cuando se finaliza una relación laboral, antes de lo indicado en el contrato y por motivos ajenos al trabajador, es muy posible que se deba efectuar una indemnización. En el caso de los empleados del hogar, como cualquier otro trabajador, también tienen que tener garantizados sus derechos y la indemnización, en caso de despido, es uno de ellos.

Este es un tema que normalmente genera mucha controversia, ya que para conocer con exactitud si es precioso hacerla y el montante total de dicha indemnización, hay que tener en cuenta diversas variables.

Claves para entender la indemnización

Algunas de las principales claves que tenemos que tener claro son: el motivo de la finalización de la prestación de los servicios (para saber si el trabajador tiene derecho o no a recibirla), la duración y el salario (para conocer los plazos y montante) y la fecha de contratación.

¿En qué clases de despidos no hay indemnización?

Como ya hemos comentado, no en todos los casos de extinción de contrato existe el derecho a percibir una indemnización. Por ejemplo:

  • En un despido procedente: cuando la empleada del hogar comete una falta grave en sus obligaciones y, como consecuencia, ha recibido un aviso por escrito, el empleador no deberá indemnizar a la cuidadora.
  • En un despido en período de pruebas: si durante el plazo establecido como pruebas el empleador decide prescindir de los servicios de la empleada del hogar este no deberá efectuar ninguna indemnización.

¿En qué casos sí hay que indemnizar?

  • Despido por desistimiento del empleador: hace referencia a cuando el empleador (es decir, la familia) decide, sin causa aparente y sin tener que alegar un motivo concreto, prescindir de los servicios del empleado del hogar (se tiene que comunicar por escrito y realizar un preaviso).

¿Cómo se calcula la indemnización?

La fecha de contratación tiene gran relevancia en este aspecto, ya que los contratos con fecha posterior al 1 de enero del 2012 tienen una indemnización de 12 días naturales por año trabajado. En los anteriores, esta cifra disminuye a 7 días de salario por año de trabajo. En ambos casos, con un límite de 6 mensualidades.

Lo que en teoría parece muy fácil de calcular, a la práctica no lo es tanto. Por ello, os facilitamos a continuación una tabla comparativa del Ministerio de Trabajo para poder ver las diferentes equivalencias dependiendo la jornada de trabajo.

¿Qué es el finiquito?

Es muy común confundir la indemnización por despido con el finiquito y, aunque pueden tener aspectos parecidos, no son lo mismo. El finiquito hacer referencia al documento que se debe entregar al empleado del hogar el último día del servicio, donde se tiene que indicar las cantidades que se le deben abonar, independientemente de la forma del despido (salario de los días trabajados durante ese mes, proporcionalidad de las pagas extras, los días de vacaciones que le pertocan  y que no hayan sido disfrutados, etc.). Y, como ya hemos comentado en este artículo, a diferencia del finiquito, la indemnización solo se percibe en algunos supuestos de despido.

Asesoramiento laboral

Llevar personalmente toda la gestión laboral de una empleada del hogar puede suponer, sobre todo, mucho tiempo y esfuerzo. Es por esto que buscar alternativas, como las que ofrece Wayalia, es una opción más que atractiva para evitarnos problemas innecesarios y asegurarnos, a su vez, que cumplimos con la normativa vigente en España, en referencia a nuestra cuidadora. Dar de alta en la Seguridad Social, realizar las nóminas, calcular el finiquito y la indemnización, etc. Trámites que de la mano de Wayalia pueden dejar de ser una piedra en nuestro zapato. Por que más allá del mejor servicio asistencial (y más flexible), contar con el mejor asesoramiento laboral, es imprescindible.

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